A- de 2019
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Tulio Heli Niño Gonzalez·Demandado Alcaldia De Florian
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de San Gil (Santander), el Juzgado Veintitrés Civil Municipal de Oralidad de Bogotá D.C. y el Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías y Depuración de Florián (Santander).
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron los despachos judiciales involucrados.
Teniendo en cuenta que ambas autoridades tienen competencia para decidir la acción de tutela, la Corte decidió asignar el caso a la que primero fue repartida, esto es, la de la ciudad de Bogotá D.C.
Se remite el expediente a dicho juzgado para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al juzgado del municipio de Florián se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 16 de mayo de 2019, proferido por el Juzgado Veintitres Civil Municipal de Oralidad de Bogota D.C., dentro de la accion de tutela formulada por Tulio Heli Nino Gonzalez en contra de la Alcaldia Municipal de Florian.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3683, al Juzgado Veintitres Civil Municipal de Oralidad de Bogota D.C. para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantias y Depuracion de Florian que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante, al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de San Gil y al Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantias y Depuracion de Florian, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.